Artículo 1. Hecho imponible.
Artículo 1 del Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales. · BORM-s-2004-90027
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-01-01.
Texto consolidado
Constituye el hecho imponible la apertura del expediente académico por la prestación de servicios en materia de Enseñanzas de Régimen Especial de Arte Dramático, Danza, Música, Deportivas y Diseño.