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Ley Derogada

Art. 98.

Art 98 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1991-413

Atención: Ley 9/1990 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. A propuesta del Consejero de Hacienda, el Consejo de Gobierno podrá autorizar la concesión de avales y garantías a las operaciones crediticias de medio y largo plazo que realicen los Organismos Autónomos, Entes Públicos y Empresas dependientes de la Comunidad, por el importe máximo de las operaciones de crédito autorizadas en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad.

2. La misma autorización se requerirá para el otorgamiento de avales de la Comunidad en garantía de operaciones de refinanciación de créditos, y de créditos de plazo no superior a un año.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1990-11-21.

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