Art. 97.
Art 97 del Decreto 1506/1967, de 30 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de las Bolsas de Comercio. · BOE-A-1967-11492
Atención: Decreto 1506/1967 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La realización de cualquier operación a plazo determinará la necesaria provisión de fondos o cobertura, de acuerdo con el régimen que se haya establecido por la Junta Sindical de cada Bolsa.