Art. 95.
Art 95 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria. · BOE-A-1987-11921
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-07-01.
Texto consolidado
1. Los órganos rectores del Instituto Canario de Administración Pública son el Consejo de Administración y la Dirección.
2. El Consejo de Administración ejercerá las funciones de planificación general y de programación de las actividades y los recursos del organismo.
3. La Dirección, con rango de dirección general, ejercerá las funciones ejecutivas del Instituto.
4. La persona titular de la Dirección del Instituto será nombrada y cesada por el Gobierno, a propuesta del consejero o consejera competente en materia de función pública, y desempeñará la Secretaría del Consejo de Administración asistida por la persona funcionaria que designe.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales..