Art. 9.º
Art 9 del Real Decreto 2133/1986, de 19 de septiembre, por el que se establecen las normas a que deberá ajustarse la pesca marítima de recreo en aguas del mar territorial español correspondientes al archipiélago canario. · BOE-A-1986-27546
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-10-18.
Texto consolidado
Las infracciones administrativas en materia de pesca que se cometan contra lo establecido en el presente Real Decreto y demás normas complementarias del mismo, serán sometidas y sancionadas con multa y la sanción accesoria que corresponda, de conformidad con la Ley 53/1982, de 13 de julio («Boletín Oficial del Estado» número 181, del 30).