Art. 9.
Art 9 de la Ley 6/1988, de 25 de agosto, de Régimen Local de la Región de Murcia. · BOE-A-1989-10300
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-09-23.
Texto consolidado
La incorporación implicará la anexión del término o términos municipales a otro municipio, en el cual quedará integrado a todos los efectos.