El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Art. 88.

Art 88 de la Ley 6/1988, de 25 de agosto, de Régimen Local de la Región de Murcia. · BOE-A-1989-10300

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-09-23.

Texto consolidado

Los actos y acuerdos de las Entidades Locales que menoscaben competencias de la Comunidad Autónoma, interfieran su ejercicio o excedan de la competencia de aquéllas, podrán ser impugnados directamente, sin necesidad de previo requerimiento, ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, por la Administración Regional, en el plazo señalado en el número 2 del artículo 85 de esta Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1988-09-23.

Más artículos de Ley 6/1988

En El Vínculo puedes leer Ley 6/1988 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.