Art. 80.
Art 80 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1991-413
Atención: Ley 9/1990 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las normas de elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad, dictadas para cada ejercicio por el Consejero de Economía y Hacienda, fijarán el plazo límite para que las Empresas y Entes Públicos remitan, a través de la Consejería correspondiente, la documentación a que se refiere el artículo 79 de la presente Ley.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2009-4514.