Art. 8. Condiciones de los establecimientos de fabricación.
Art 8 del Real Decreto 1137/1984, de 28 de marzo, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la Fabricación, Circulación y Comercio del Pan y Panes Especiales. · BOE-A-1984-13859
Atención: Real Decreto 1137/1984 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
(Derogado)
Se modifican los apartados 8.1, 8.3, 8.16 y se suprime el 8.4 por el art. único.7 del Real Decreto 285/1999, de 22 de febrero. Ref. BOE-A-1999-4412.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto 176/2013, de 8 de marzo, por el que se derogan total o parcialmente determinadas reglamentaciones técnico-sanitarias y normas de calidad referidas a productos alimenticios..