Art. 79.
Art 79 del Acuerdo de 5 de julio de 1990, del Pleno del Tribunal Constitucional, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Personal del Tribunal Constitucional. · BOE-A-1990-18696
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-08-03.
Texto consolidado
El régimen de vacaciones, licencias y permisos será el que con carácter general se establece para el personal al servicio del Tribunal Constitucional.