Art. 78.
Art 78 de la Orden de 28 de febrero de 1974 por la que se aprueba el Reglamento de la Mutualidad Nacional de Enseñanza Primaria. · BOE-A-1974-494
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1974-03-23.
Texto consolidado
A todos los efectos, la dote de nupcialidad se considera causada en la fecha de celebración del matrimonio, siempre que se reúnan los requisitos señalados en el artículo 75.