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Acuerdo Vigente

Art. 71.

Art 71 del Acuerdo de 5 de julio de 1990, del Pleno del Tribunal Constitucional, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Personal del Tribunal Constitucional. · BOE-A-1990-18696

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-08-03.

Texto consolidado

El Tribunal calificador estará constituido por el Presidente del Tribunal Constitucional, que podrá delegar en cualquier Magistrado, y por cuatro Vocales, elegidos por el Pleno entre los Magistrados y los Letrados del Tribunal. Para la válida constitución del Tribunal calificador será necesaria la presencia de todos sus miembros. Para su actuación bastará con la presencia de tres de ellos, y en ausencia del Presidente será presidido por el Magistrado más antiguo y, en caso de igual antigüedad, por el de mayor edad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1990-08-03.

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