El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Art. 7.

Art 7 del Real Decreto 844/1989, de 7 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con el dominio público radioeléctrico y los servicios de valor añadido que utilicen dicho dominio. · BOE-A-1989-16573

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-07-14.

Texto consolidado

A efectos de poder iniciar el proceso de concesiones sobre un segmento del dominio público radioeléctrico, el cuadro nacional de atribución de frecuencias a que hace referencia el artículo anterior podrá aprobarse por partes para bandas y frecuencias o servicios sobre dicho segmento.

Dicho cuadro deberá fijar las partes del dominio público radioeléctrico en las que se distinga, por su disponibilidad o por no estar afectas a un servicio de telecomunicaciones, la concesión a particulares que se pueda otorgar por un régimen de prioridad en el tiempo de solicitud de la que deba ajustarse a un régimen de publicidad y tramitación en concurrencia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1989-07-14.

Más artículos de Real Decreto 844/1989

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 844/1989 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.