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Orden Vigente

Art. 7.º

Art 7 de la Orden de 31 de agosto de 1990 por la que se crean la tarjeta de identidad profesional y la placa insignia en la Guardia Civil. · BOE-A-1990-23915

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-09-29.

Texto consolidado

La placa insignia estará fabricada en metal similor, con esmaltes finos o fuego rafagado y escudo pulido; las zonas metálicas a la vista tendrán baño de oro fino sobre baño de níquel. El modelo se ajustará a las características que a continuación se detallan:

Tendrá cuerpo central elíptico apaisado, en el que figurarán el emblema del Cuerpo y la expresión «Guardia Civil» a metal visto en campo de esmalte rojo aplicado sobre fondo dorado con estriado rómbico; filete metálico delimitando la elipse central y sobre ella la Corona Real española sobre esmalte rojo.

Todo ello irá apoyado sobre conjunto octogonal inscribible en una elipse y compuesto por cincuenta y seis rayos metálicos, según modelo que figura como anexo II.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1990-09-29.

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