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Orden Derogada

Art. 7. Certificado de tipo.

Art 7 de la Orden de 14 de noviembre de 1988 por la que se establecen los requisitos de aeronavegabilidad para las Aeronaves Ultraligeras Motorizadas (ULM). · BOE-A-1988-26623

Atención: BOE-A-1988-26623 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Concluidos satisfactoriamente los requisitos descritos en esta Orden, la Dirección General de Aviación Civil expedirá el certificado de tipo, documento por el cual dicha Dirección certifica que la aeronave cumple los requisitos de diseño exigidos en la presente Orden.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1988-11-18.

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