Art. 65. Procedimiento de disolución.
Art 65 de la Orden de 16 de junio de 1972 por la que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Topografía. · BOE-A-1972-925
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-07-19.
Texto consolidado
La disolución del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Topografía podrá ser propuesta por la Junta de Gobierno o por la mitad de los colegiados, discutiéndose en Junta General extraordinaria. La propuesta de disolución tendrá que ser votada favorablemente al menos por las tres quintas partes del total de colegiados, lo cual conllevará el acuerdo de someterla a la aprobación del Gobierno.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2001-13863.