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Real Decreto Vigente

Art. 6.

Art 6 del Real Decreto 2531/1986, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la recaudación de las cuotas de la Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local. · BOE-A-1986-32525

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-12-14.

Texto consolidado

1. Del cumplimiento del presente Real Decreto serán especialmente responsables los Secretarios e Interventores de las Corporaciones Locales que, a los efectos de este Real Decreto, actuarán como delegados de la MUNPAL en la Corporación correspondiente.

2. Los Secretarios de las Corporaciones, o los interventores de las mismas, en su caso, deberán comunicar a la Mutualidad, en los plazos que se señalen, las altas, bajas, variaciones y cuantas incidencias se produzcan en el colectivo de asegurados, así como en el de pensionistas, si la Corporación actúa como oficina pagadora, a fin de que las liquidaciones y las nóminas mensuales a producir por la Mutualidad se ajusten a la situación efectiva de los asegurados y pensionistas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-12-14.

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