Art. 6. Propuesta inicial.
Art 6 de la Orden de 1 de febrero de 1977 por la que se aprueba el Reglamento de la Orden del Mérito del Cuerpo de la Guardia Civil. · BOE-A-1977-3892
Atención: BOE-A-1977-3892 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
a) La formulará el Jefe del Centro, Organismo o Unidad de la Guardia Civil, al que afecte directamente el hecho o hechos objeto de la propuesta, a quien corresponderá su apreciación y clasificación. En tal propuesta, dará cuenta detallada de los mismos, de la participación en ellos del interesado o interesados, y de los méritos contraídos.
b) Esta propuesta se elevará por conducto reglamentario, informada por los sucesivos escalones de mando, hasta el Director general de la Guardia Civil, quien, de considerarla acertada, ordenará la instrucción del correspondiente expediente sumario.