Art. 6.
Art 6 de la Ley 4/1990, de 29 de junio, de Bibliotecas de La Rioja. · BOE-A-1990-21734
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-09-01.
Texto consolidado
Tanto las bibliotecas de interés público como las bibliotecas privadas podrán integrarse en el sistema de bibliotecas de La Rioja, mediante acuerdo de sus titulares con la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.