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Decreto Vigente

Art. 6.º Titularidad.

Art 6 del Decreto 506/1971, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley de Caza de 4 de abril de 1970. · BOE-A-1971-444

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1971-04-01.

Texto consolidado

1. Los derechos y obligaciones establecidos en la Ley de Caza, en cuanto se relacionan con los terrenos cinegéticos, corresponderán al propietarios o a los titulares de otros derechos reales o personales que lleven consigo el uso y disfrute de los predios y de su aprovechamiento cinegético, de acuerdo con lo dispuesto al efecto en el Código Civil, en la Ley de Caza y en este Reglamento.

2. A estos efectos la palabra titulares incluye a toda persona física o jurídica a la que corresponda en virtud de la Ley o de algún negocio jurídico el aprovechamiento cinegético de los terrenos o la facultad de goce o disposición sobre los mismos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1971-04-01.

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