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Decreto Derogada

Art. 58.

Art 58 del Decreto 1506/1967, de 30 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de las Bolsas de Comercio. · BOE-A-1967-11492

Atención: Decreto 1506/1967 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las operaciones bursátiles sobre títulos-valores de toda clase bien estén admitidos a cotización oficial o no admitidos, serán intervenidas por agentes de la misma plaza, no pudiéndose cruzar operaciones entre Agentes adscritos a diferentes Bolsas en su calidad de federados mercantiles.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1967-08-04.

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