El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Art. 57.

Art 57 del Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. · BOE-A-1982-28915

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-11-26.

Texto consolidado

1. La edad de admisión de los artistas o ejecutantes de ambos sexos, se fija, por razones de protección de la infancia y juventud, en los dieciséis años para trabajos diurnos y en los dieciocho para los nocturnos, teniendo esta última consideración los que se realicen a partir de las veintidós horas.

2. Lo dispuesto en el presente artículo no es aplicable a los deportistas infantiles y cadetes, cuando intervengan en las respectivas competiciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1982-11-26.

Más artículos de Real Decreto 2816/1982

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 2816/1982 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.