Art. 5.º
Art 5 del Real Decreto 221/1991, de 22 de febrero, por el que se regula la organización de Unidades del Cuerpo Nacional de Policía adscritas a las Comunidades Autónomas y se establecen las peculiaridades del regimen estatutario de su personal. · BOE-A-1991-5287
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-02-27.
Texto consolidado
El personal que haya de integrarse en las Unidades adscritas estará sometido al régimen estatutario general de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía, con las peculiaridades contenidas en el presente Real Decreto.