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Real Decreto Vigente

Artículo 5.

Art 5 del Real Decreto 104/1988, de 29 de enero, sobre homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación no universitaria. · BOE-A-1988-3987

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-03-08.

Texto consolidado

Uno. En la resolución de los expedientes de homologación o convalidación se estará a lo dispuesto en los tratados o convenios internacionales en los que España sea parte y a las tablas de equivalencias de títulos y planes de estudios aprobadas por el Ministerio de Educación y Ciencia.

Dos. Para la elaboración de las tablas de equivalencias a que se refiere el apartado anterior, se atenderá no sólo a la estructura de los sistemas educativos respectivos y a la comparación de sus contenidos, sino también al tratamiento de que son objeto los títulos y estudios españoles en los países correspondientes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1988-03-08.

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