Art. 489.
Art 489 del Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada. · BOE-A-1984-12106
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-05-31.
Texto consolidado
Cuando alguna de las Autoridades militares de los otros Ejércitos a que hace referencia el artículo anterior cese por cualquier causa, los mandos correspondientes de la Armada visitarán a la nueva Autoridad si ésta es de mayor empleo o antigüedad.