Art. 48.
Art 48 del Decreto 584/1974, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de Ferrocarriles de Vía Estrecha (FEVE). · BOE-A-1974-436
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1974-03-14.
Texto consolidado
FEVE asegurará la formación y perfeccionamiento profesional constante de sus cuadros de personal, pudiendo acordar libremente medidas de reconversión profesional cuando la reorganización de los servicios así lo imponga.