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Resolución Vigente 2 redacciones

Artículo 41.

Art 41 de la Resolución de 24 de febrero de 1982 por la que se ordena la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del nuevo Reglamento del Congreso de los Diputados. · BOE-A-1982-5196

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-07-31.

Texto consolidado

1. Las Comisiones, con las excepciones previstas en este Reglamento, eligen de entre sus miembros una Mesa, compuesta por una Presidencia, dos Vicepresidencias y dos Secretarías. La elección se verificará de acuerdo con lo establecido para la elección de la Mesa del Congreso, adaptado al distinto número de puestos a cubrir.

2. Las reuniones de las Mesas de las Comisiones son presenciales. No obstante lo anterior, la Presidencia podrá autorizar la participación simultánea por medios telemáticos de los miembros de la Mesa de la Comisión, cuando en ellos concurra alguno de los supuestos a que se refiere el artículo 82.2 del Reglamento.

A tal efecto, el miembro de la Mesa de la Comisión deberá solicitarlo mediante escrito dirigido a la Presidencia de la misma, que incluirá la justificación de que concurre alguna de las causas previstas en el citado artículo, bastando declaración responsable.

Se numera como apartado 1 y se modifica, y se añade el apartado 2 por el art. único.2 de la Reforma del Reglamento de 22 de julio de 2025, Ref. BOE-A-2025-15843, y por el art. único.44 de la Reforma del Reglamento de 22 de julio de 2025. Ref. BOE-A-2025-15844

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-07-31.

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Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2025-15843.

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