Art. 41.
Art 41 de la Ley 3/1984, de 25 de abril, sobre Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. · BOE-A-1984-11906
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-05-08.
Texto consolidado
Contra los actos o acuerdos de la Junta de Comunidades que pongan fin a la vía administrativa podrán los interesados interponer los recursos y ejercitar las acciones que proceda ante la jurisdicción competente, cumpliendo los requisitos previos exigidos en cada caso por las disposiciones vigentes.