Art. 40.
Art 40 del Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire. · BOE-A-1984-6194
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-04-01.
Texto consolidado
Será responsable de la instrucción y adiestramiento de su Unidad, de acuerdo con los planes recibidos, y desarrollará los programas correspondientes, esforzándose en lograr el adecuado equilibrio entre la formación moral y militar, la formación táctica y técnica y la formación física, orientadas a la adquisición de las aptitudes necesarias para el combate, tendiendo igualmente al fortalecimiento del espíritu cívico de su personal.