Artículo 4.
Art 4 del Real Decreto 656/1989, de 2 de junio, por el que se aprueban los métodos de análisis cuantitativos de mezclas binarias y terciarias de fibras textiles. · BOE-A-1989-13600
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-12-15.
Texto consolidado
Sin perjuicio de la potestad sancionadora de los Ministerios de Industria y Energía y de Economía y Hacienda, en el ejercicio de sus propias competencias, las actuaciones administrativas en materia de defensa del consumidor, en cuanto a la toma de muestras y análisis de los productos textiles se refiere, se regirán por lo dispuesto en el Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria.