Art. 39. Rehabilitación de autorizaciones caducadas por falta de visado.
Art 39 de la Orden de 4 de febrero de 1993 por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de autorizaciones de transporte discrecional de viajeros por carretera. · BOE-A-1993-4242
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-07-02.
Texto consolidado
Las autorizaciones caducadas por falta del visado previsto en el artículo anterior podrán ser rehabilitadas en los mismos términos que se establecen en esta Orden para la rehabilitación de las autorizaciones de transporte público.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1995-15957.
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