Art. 38.
Art 38 del Decreto 1291/1974, de 2 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de España. · BOE-A-1974-772
Atención: Decreto 1291/1974 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Tanto el derecho de las Cámaras a liquidar las cuotas del recurso permanente como su acción para exigir el pago de tales cuotas prescribirán a los cinco años, contados desde su devengo, salvo cuando existan actos que interrumpan la prescripción.