El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Art. 37.

Art 37 del Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. · BOE-A-1982-28915

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-11-26.

Texto consolidado

1. Cuando se trate de obras de nueva planta, adaptación o reforma de locales o recintos relativos a espectáculos o actividades recreativas, incluidos en el ámbito de aplicación del Reglamento de Actividades MoIestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, la tramitación del expediente a que se refiere el artículo anterior se ajustará a lo prevenido en el artículo 30 de dicho Reglamento.

2. En tales supuestos, el proyecto técnico, Memoria y planos, además de la información prevenida en el artículo 29 del Reglamento de Actividades Molestas, lnsalubres, Nocivas y PeIigrosas, deberán incorporar los datos y cumplir los requisitos exigidos en el artículo 36 del presente Reglamento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1982-11-26.

Más artículos de Real Decreto 2816/1982

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 2816/1982 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.