El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Art. 36.

Art 36 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre Federaciones deportivas españolas. · BOE-A-1991-30862

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-12-31.

Texto consolidado

El contenido del convenio arbitral podrá extenderse a la designación de los árbitros, y a la determinación de las reglas de procedimiento. También podrán las partes deferir a un tercero, ya sea persona física o jurídica la designación de los árbitros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1991-12-31.

Más artículos de Real Decreto 1835/1991

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1835/1991 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.