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Real Decreto Vigente

Art. 345.

Art 345 del Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada. · BOE-A-1984-12106

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-05-31.

Texto consolidado

En ausencia del Comandante y Segundo podrá conceder permiso, sin establecer período de tiempo, al personal de Suboficiales y Clases de Marinería y Tropa que lo precise por razones personales urgentes. Este permiso quedará condicionado a posterior confirmación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1984-05-31.

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