Art. 34.
Art 34 del Decreto 584/1974, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de Ferrocarriles de Vía Estrecha (FEVE). · BOE-A-1974-436
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1974-03-14.
Texto consolidado
Podrá también FEVE, sujetándose a las disposiciones generales de ordenación y coordinación de transportes y de las normas del título quinto de este Estatuto, establecer cuantos servicios de transporte considere convenientes para el mejor desenvolvimiento de su cometido.