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Orden Derogada

Art. 32. Constitución.

Art 32 de la Orden 80/1993, de 29 de julio, sobre organización y funciones de los Centros docentes de la Enseñanza Militar de Formación. · BOE-A-1993-20714

Atención: Orden 80/1993 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El Secretario de Estado de Administración Militar, a propuesta del Director general de Enseñanza, previos los informes de los Directores de Enseñanzas de los Ejércitos, determinará qué área o áreas de conocimiento darán lugar a la constitución de cada uno de los departamentos y fijará los de Instrucción y Adiestramiento que deban constituirse.

2. A tales efectos, se observarán criterios de afinidad científica entre las áreas de conocimiento, de eficacia en el desempeño de las funciones de los departamentos y de restrictividad en el número de estos.

3. Cuando un área de conocimiento agrupe a un número excesivo de Profesores en relación con la eficiencia del Departamento al que dicha área pudiera dar lugar, el Secretario de Estado de Administración Militar podrá constituir más de un departamento atendiendo a criterios de especialización científica y técnica y conservando la correspondencia con la respectiva área de conocimiento. Análogo criterio se observará en relación con los departamentos de Instrucción y Adiestramiento.

Redactado el apartado 3 conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 194, de 14 de agosto de 1993. Ref. BOE-A-1993-21254

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1994-09-01.

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