Art. 31.
Art 31 del Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire. · BOE-A-1984-6194
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-04-01.
Texto consolidado
Hará que la disciplina se mantenga en todos los actos y actividades de su Unidad y que el espíritu que requiere el servicio de las armas reine entre sus subordinados, sancionando cualquier inobservancia o falta con arreglo a lo dispuesto en la legislación disciplinaria, ordenando, cuando así proceda, la iniciación del procedimiento correspondiente.