Art. 299.
Art 299 del Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada. · BOE-A-1984-12106
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-05-31.
Texto consolidado
El Oficial de destino será responsable ante el Jefe de su servicio de la organización, administración y estado de eficacia de su destino. Propondrá y controlará el desarrollo del plan de instrucción y adiestramiento de su personal de acuerdo con las directrices que reciba. Mantendrá al día la documentación que le corresponda.