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Decreto Derogada

Art. 263.

Art 263 del Decreto 1506/1967, de 30 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de las Bolsas de Comercio. · BOE-A-1967-11492

Atención: Decreto 1506/1967 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El acta y las adjudicaciones realizadas serán registradas en el «Libro Registro para Operaciones Especiales», que llevará la Junta Sindical, de acuerdo con lo establecido en el artículo 217 de este Reglamento, y de sus asientos se podrán expedir las certificaciones solicitadas por los adquirientes o por los Agentes mediadores que hubieren intervenido en la subasta, previo pago, en todo caso, de los correspondientes derechos arancelarios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1967-08-04.

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