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Real Decreto Vigente

Art. 262.

Art 262 del Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire. · BOE-A-1984-6194

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-04-01.

Texto consolidado

El servicio de Cabo de Cuartel tendrá una duración de veinticuatro horas y será prestado, por turno por todos los cabos de la Escuadrilla, salvo los expresamente fijados, por razón de su destino, en el libro de Régimen Interior.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1984-04-01.

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