El Vínculo El Vínculo.
Decreto Derogada

Art. 261.

Art 261 del Decreto 1506/1967, de 30 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de las Bolsas de Comercio. · BOE-A-1967-11492

Atención: Decreto 1506/1967 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los títulos adjudicados serán entregados por la Junta Sindical al Agente de Cambio y Bolsa rematante, con la correspondiente certificación del acta de adjudicación, y por éste a su o a sus comitentes con la póliza de contado, que se extenderá en la forma acostumbrada.

En los casos de enajenación de carteras de títulos-valores el vendedor firmará el correspondiente vendi o vendies.

Las letras y pagarés se entregarán con intervención de su libramiento o endoso por la Junta Sindical.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1967-08-04.

Más artículos de Decreto 1506/1967

En El Vínculo puedes leer Decreto 1506/1967 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.