Art. 26.
Art 26 de la Ley 4/1983, de 23 de noviembre, de uso y enseñanza del Valenciano. · BOE-A-1984-1851
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1983-12-02.
Texto consolidado
1. Todos los ciudadanos tienen el derecho de ser informados por los medios sociales de comunicación tanto en valenciano como en castellano.
2. De igual manera, en el acceso de los ciudadanos a los medios sociales de comunicación en los términos establecidos por la legislación, aquéllos tendrán derecho a utilizar el valenciano, oral y escrito, en condiciones de igualdad con el castellano.