Art. 257.
Art 257 del Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas del Ejército del Aire. · BOE-A-1984-6194
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-04-01.
Texto consolidado
Dará cuenta al Oficial de Servicio Interior de las incidencias reflejadas en el Libro de Reconocimiento. Se preocupará de los enfermos no hospitalizados de su Escuadrilla, informándose de sus necesidades, y comprobará, cuando deban permanecer en los dormitorios, que se les atiende de acuerdo con las prescripciones del médico.