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Real Decreto Derogada

Art. 25. Iniciación

Art 25 del Real Decreto 2245/1986, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes. · BOE-A-1986-28777

Atención: Real Decreto 2245/1986 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Cuando del examen del Registro de la Propiedad Industrial no resulten defectos que impidan la concesión de la patente o cuando tales defectos hubiesen sido debidamente subsanaddos, el Registro de la Propiedad Industrial hará saber al solicitante, si éste no lo ha pedido todavía, que, para que el procedimiento de concesión continúe, deberá pedir la realización del informe sobre el estado de la técnica, señalándole el plazo máximo que tiene para hacer tal petición.

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 294, de 9 de diciembre de 1986. Ref. BOE-A-1986-32160

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-11-01.

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