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Ley Vigente

Art. 25.

Art 25 de la Ley 9/1989, de 30 de noviembre, de Bibliotecas de Castilla y León. · BOE-A-1990-1722

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-01-11.

Texto consolidado

La Consejería de Cultura y Bienestar Social establecerá los necesarios contactos con los centros universitarios de Biblioteconomía y Documentación de la Comunidad Autónoma, a fin de asegurar la formación inicial de personal bibliotecario debidamente cualificado. Asimismo, asegurará la formación permanente del personal de las bibliotecas del sistema, utilizando a tal fin los medios que sean suficientes y adecuados.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1990-01-11.

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