Art. 22.
Art 22 del Acuerdo de 5 de julio de 1990, del Pleno del Tribunal Constitucional, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Personal del Tribunal Constitucional. · BOE-A-1990-18696
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-08-03.
Texto consolidado
1. La Junta de Gobierno se reunirá cuando la convoque el Presidente o lo pida alguno de sus miembros, con expresión del tema de deliberación.
2. Sus reuniones y acuerdos se regirán por lo dispuesto en las normas establecidas para el Tribunal en Pleno, en cuanto sean de aplicación.