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Decreto Derogada

Art. 218.

Art 218 del Decreto 1506/1967, de 30 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de las Bolsas de Comercio. · BOE-A-1967-11492

Atención: Decreto 1506/1967 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El procesamiento dictado contra un Agente de Cambio y Bolsa podrá ocasionar la suspensión del mismo en el ejercicio de su cargo cuando se base en motivos que redunden en desprestigio de la profesión, viniendo obligada la Junta Sindical competente a notificar el hecho del procesamiento al Ministro de Hacienda en el plazo de ocho días, a partir de la fecha en que lo conozca.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1967-08-04.

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