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Decreto Derogada

Art. 21.

Art 21 del Decreto 314/1970, de 29 de enero, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas. · BOE-A-1970-168

Atención: Decreto 314/1970 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las atribuciones y obligaciones del Censor serán:

Velar por la observancia de los Estatutos y acuerdos.

Recordar a los Académicos el desempeño de la comisiones y trabajos que tengan a su cargo.

Informar los escritos y asuntos que la Academia someta a su examen, a tenor del artículo 39 de estos Estatuto.

Intervenir las cuentas de Tesorería; y

Ejercer la facultad que le atribuye el último párrafo del artículo 6.º de estos Estatutos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1970-03-08.

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