Artículo 20.
Art 20 del Real Decreto 927/1988, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica, en desarrollo de los títulos II y III de la Ley de Aguas. · BOE-A-1988-20883
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-08-30.
Texto consolidado
(Derogado)#dd
Redactado el apartado 3 conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 234, de 29 de septiembre de 1988. Ref. BOE-A-1988-22574
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto 1383/2009, de 28 de agosto, por el que se determina la composición, estructura orgánica y funcionamiento del Consejo Nacional del Agua..